Cerrar la brecha: Comparación de las medidas del Estado rector del puerto de las OROP atuneras con las del Acuerdo de la FAO sobre medidas del Estado rector del puerto
Pew Environment Group ha llevado a cabo un análisis comparativo de las medidas del Estado rector del puerto (MEP) fijadas por 10 Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP) con las establecidas por el Acuerdo de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (en adelante, “Acuerdo sobre las MEP” o simplemente “Acuerdo”). La investigación analiza el grado en que las medidas adoptadas por estas OROP cumplen con los estándares del Acuerdo sobre las MEP e identifica los aspectos que cada OROP debe mejorar para que sus medidas queden alineadas con las del Acuerdo sobre las MEP. Dicho Acuerdo, recientemente aprobado, constituye el nuevo estándar mínimo internacional en materia de medidas del Estado rector del puerto y ofrece una oportunidad única para armonizar y reforzar globalmente los controles del Estado rector del puerto. Las OROP cumplen un papel fundamental en este proceso y pueden contribuir de manera importante a erradicar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) en alta mar.
El presente informe proporciona los resultados finales del análisis comparativo que se realizó para las cinco OROP atuneras sobre la base de información públicamente disponible hasta el 30 de abril de 2011.
Como parte de nuestra metodología, compartimos los resultados preliminares del análisis comparativo para cada OROP con sus respectivas Secretarías y, a través de éstas, también con sus partes contratantes (PC). Desearíamos expresar nuestro agradecimiento a las Secretarías de las OROP y a las PC que nos han hecho llegar comentarios, muchos de ellos extensos. Hemos tenido en cuenta todos los comentarios recibidos y hemos revisado nuestros análisis preliminares cuando ha sido necesario.
El análisis se centró en un grupo específico de herramientas para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) – las MEP adoptadas por las OROP - y no examinó otras medidas adoptadas por los gobiernos o por alguna de las OROP analizadas, como por ejemplo los controles del Estado del pabellón o las medidas de mercado que no se apliquen en los puertos. Por lo tanto, es importante aclarar que nuestra evaluación del grado de conformidad entre las MEP de cada OROP y el Acuerdo sobre las MEP no refleja los resultados generales de dicha OROP en sus esfuerzos de lucha contra la pesca INDNR.
El objetivo de este ejercicio era identificar disparidades específicas entre las MEP adoptadas por estas OROP y las del Acuerdo sobre las MEP y a continuación aportar recomendaciones claras para mejorar estas medidas. El objetivo de esta investigación es ofrecer información que las OROP podrían utilizar para reforzar sus propios sistemas de control portuario y, por consiguiente, contribuir a una mayor armonización de las MEP en las pesquerías de atún de todo el mundo con el fin de dar un paso más en la lucha contra la pesca INDNR.
A excepción de la Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI, pero más conocida por sus siglas en inglés, IOTC) que ha adoptado una resolución que incluye la mayoría de las obligaciones importantes del Acuerdo sobre las MEP, en términos generales, las OROP atuneras no alcanzan el estándar mínimo internacional que establece el Acuerdo. En particular, no cuentan con MEP fuertes en vigor y las MEP que han adoptado están bastante fragmentadas. Nuestro análisis muestra las siguientes carencias:
- existen pocos requisitos de intercambio de información entre Estados y OROP;
- la obligación de designar los puertos de entrada de los buques extranjeros está en general poco regulada;
- existen insuficientes requisitos de proporcionar información previa a la entrada en puerto por parte de los buques pesqueros y de apoyo;
- no hay suficientes medidas restrictivas aplicables a los buques INDNR, p. ej., denegación de servicios portuarios, desembarques o transbordos;
- los sistemas de inspección son generalmente débiles;
- las obligaciones aplicables a los Estados del pabellón de cooperar con el Estado rector del puerto son limitadas.
Es innegable que la pesca INDNR en alta mar es un reto que comparten todas las OROP y que los buques de pesca INDNR no se limitan a un océano o al área de Convención de una única OROP. Así pues, cuanto más apliquen las OROP un estándar común, mejor podrán éstas hacer frente a este gran reto. En el presente informe se proponen acciones concretas que las OROP pueden llevar a cabo si desean ponerse a la altura del nuevo estándar internacional que establece el Acuerdo sobre las MEP, lo que les permitiría lograr progresos significativos en la lucha contra la pesca INDNR.