El pescado y el marisco, tanto de origen salvaje como de piscifactoría, son uno de los alimentos básicos más preciados del mundo, con un volumen anual de casi 143 000 millones de dólares de comercio global, según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.1 Pese a estos datos, cada año se roba a los mares una cantidad de pescado y marisco valorado casi en 23 500 millones de dólares destinado a los mercados mundiales a causa de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR).
Para frenar esta actividad ilícita es necesario aplicar controles rigurosos en los puertos, establecer normativas que regulen el acceso de los buques de pesca a los puertos y realizar inspecciones en el desembarque y transbordo de pescado y marisco. El Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto2 (AMEP) es una herramienta de buen rendimiento coste-eficacia que aprovecha el cuello de botella natural de los puertos de mar para asegurar que la pesca ilegal no llegue a su destino en los mercados o lonjas. Cuantas más naciones apliquen medidas estatales portuarias, la pesca INDNR dejará de ser una actividad muy lucrativa y de bajo riesgo.
La industria pesquera podrá garantizar que no está contribuyendo de forma involuntaria a la pesca ilegal dando su apoyo a la adopción y la aplicación de este Acuerdo. Además, actuando con la diligencia debida, empresas minoristas y compradores de pescado y marisco podrán garantizar la procedencia legal del pescado y el marisco que comercializan e influir positivamente en otros sectores de la industria alimentaria, incluidos procesadores y mayoristas.
Un método sencillo para que los miembros del sector evalúen su riesgo consiste en obtener y analizar los informes de inspección de sus buques proveedores
También pueden informarse acerca de la implementación de las medidas del Estado rector del puerto utilizando un cuestionario guiado. A continuación se enumeran las preguntas que pueden formular a sus proveedores, a las autoridades portuarias durante las visitas al puerto y a las agencias gubernamentales pertinentes. Al plantear estas preguntas, el sector demostrará asimismo a los gobiernos que los compradores de pescado y marisco apoyan la aplicación efectiva de controles portuarios para reducir los riesgos de la pesca INDNR en las cadenas de suministro de pescado y marisco.
Preguntas clave para los agentes implicados en la cadena de suministro del marisco
- ¿Forma parte el Estado rector del puerto del acuerdo AMEP?
a. En caso contrario, ¿qué es lo que impide su adhesión al Acuerdo?
- ¿Están los puertos designados para que buques con bandera extranjera puedan desembarcar o realizar transbordos de pescado?
a. En caso afirmativo, ¿son de conocimiento público estos puertos designados?3
b. En caso afirmativo, ¿los puertos utilizados por buques no domésticos de los que ustedes se abastecen aparecen en la lista de puertos designados?
- ¿Deben los buques obtener permiso antes de entrar en el puerto para desembarcar o realizar el transbordo de pescado?
a. ¿Existe un formulario estándar para esta solicitud?
b. ¿Solicitan permiso sus buques proveedores antes de entrar en el puerto (tal y como se exige)?
- ¿Existe un procedimiento de análisis de riesgos relacionados con la pesca INDNR para controlar los buques que solicitan entrada al puerto para desembarcar o realizar transbordos de pescado?
a. ¿Está el procedimiento documentado?
b. ¿Pueden los agentes implicados del sector obtener copias del procedimiento?
- ¿Qué porcentaje de buques que desembarcan o realizan transbordos de pescado está sujeto a verificaciones de documentos o inspecciones físicas?
a. ¿Cuáles son los criterios a la hora de decidir qué buques hay que verificar/inspeccionar?
b. ¿Han sido seleccionados sus buques proveedores para ser inspeccionados o verificar la documentación?
- ¿Existen estándares para la verificación de documentación o para realizar inspecciones físicas en los buques que desembarcan o realizan transbordos de pescado?
a. En caso afirmativo, ¿están documentados estos estándares?
b. ¿Pueden los agentes implicados del sector obtener copias de esta información?
c. ¿Cuáles de los siguientes aspectos están cubiertos por dichas verificaciones o inspecciones?
- Documentación de registro, construcción e identificación del buque
- Licencia y autorizaciones de pesca o transbordo
- Documentación de captura y captura accesoria
- Informes de procesamiento y transbordo
- Sistemas de monitorización de los buques y/o sistemas de identificación automática
- Arte de pesca
- Especies y cantidades capturadas
- Certificados de seguridad
- Documentación de la tripulación
- ¿Se guardan expedientes de solicitudes de entrada al puerto, denegaciones, verificaciones de documentos y/o inspecciones?
a. En caso afirmativo, ¿son públicos estos expedientes?
b. ¿Existe un protocolo para avisar a las autoridades portuarias extranjeras de dicha información?
c. ¿Se utiliza algún sistema electrónico para recopilar, almacenar e intercambiar esta información?
d. ¿Pueden los agentes implicados del sector obtener copias de esta información?
- ¿Se ha identificado algún caso de soborno o corrupción en la aplicación de los controles portuarios en los últimos cinco años?
a. En caso afirmativo, ¿cómo se han gestionado estos casos?
b. ¿Se dan a conocer estos casos a la opinión pública?
- ¿Se implican las autoridades pesqueras en la evaluación de notificaciones/solicitudes de entrada al puerto, en la autorización o denegación de acceso al puerto y en la verificación de documentos e inspecciones físicas de los buques que desembarcan o realizan transbordo?
a. Si no es así, ¿qué otras autoridades tienen la responsabilidad de realizar estas tareas? ¿Desempeñan algún papel las autoridades pesqueras?
- ¿Se comparte la información sobre los controles portuarios entre las administraciones competentes, incluidas las autoridades marítimas, autoridades en materia de pesca, autoridades aduaneras, la marina o la guardia costera y las agencias de seguridad alimentaria?
Notas: Esta lista no tiene en cuenta cuestiones que puedan afectar a capitanes y tripulaciones. Existe un cuestionario aparte para inspectores en materia de pesca.
Notas finales
- Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, «El estado mundial de la pesca y la acuicultura» (2018), http://www.fao.org/3/i9540es/i9540es.pdf.
- El Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto se conoce formalmente como Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada de 2009 de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación: PSMA. http://www.fao.org/port-state-measures/resources/detail/en/c/1111616/.
- Los puertos designados deberían darse a conocer a través de la solicitud de AMEP para puertos designados y puntos de contacto: http://www.fao.org/fishery/port-state-measures/psmaapp/?locale=en&action=qry.