Cuando el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto (AMEP) entró en vigor en 2016, las Naciones Unidas lo consideraron como el principio de una nueva era en la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). Más de 25 gobiernos han ratificado el tratado o se han adherido a él de alguna manera y, de este modo, han sobrepasado el umbral necesario para que entre en vigor. Desde entonces, la cantidad se ha más que duplicado. Sin embargo, ¿puede un tratado crear un mecanismo lo suficientemente fuerte como para combatir la extensa desatención de las políticas y la reglamentación de las pesquerías? Creemos que la respuesta es afirmativa, pero la solidez del acuerdo depende de las partes que se adhieren a él y lo cumplen.
El tratado, cuya denominación formal es “Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada”, es el primer acuerdo internacional jurídicamente vinculante que tiene como objetivo esta actividad ilegal, que representa hasta 23.500 millones de dólares en productos marinos por año o hasta 1 de cada 5 peces que se pesca en su estado natural.
El AMEP, adoptado en 2009 por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), les exige a las partes implementar controles más estrictos en los buques de bandera extranjera que buscan solicitar entrada en sus puertos para desembarcar o transbordar pescado. La participación global reviste una importancia crítica para el éxito del AMEP. A medida que los gobiernos firman el acuerdo y demuestran compromiso con la lucha contra la pesca INDNR, los vacíos que les permiten a quienes ejercen la pesca ilegal pasar inadvertidos disminuirán. El constante impulso internacional durante los últimos años ha permitido aumentar la cantidad de partes signatarias del acuerdo, lo que dificultó enormemente que la captura ilegítima llegara a puertos nacionales e internacionales, y redujo el incentivo de los operadores de pesca poco íntegros de continuar sus actividades INDNR. La industria de productos marinos también desempeña una función importante porque los compradores de productos marinos pueden mostrar preferencia por los puertos de países que han ratificado el acuerdo.
También se debe prestar especial atención a la implementación del AMEP para garantizar que se respeten los compromisos con la acción efectiva y la correcta aplicación de las disposiciones del acuerdo. Para los países, el acuerdo es una herramienta rentable para luchar contra la pesca ilegal. Enviar buques patrulleros para rastrear y potencialmente arrestar operadores ilegales en el océano abierto es una tarea costosa y peligrosa, en comparación con implementar controles en el puerto, que es más seguro y menos costoso.
Para llevar los pescados del buque al mercado, los pescadores que participan en las operaciones de pesca INDNR tradicionalmente se han valido de una serie de tácticas y vacíos legales en la legislación nacional y en los procedimientos de ordenación. Han explotado los puertos conocidos por un cumplimiento deficiente de la ley o por su capacidad limitada para llevar a cabo operaciones de inspección adecuadas. El AMEP está cambiando esta situación. Las partes signatarias del acuerdo pueden negarles la entrada a sus puertos o el acceso a los servicios portuarios, incluidos el desembarque y trasbordo de la pesca, a los buques de bandera extranjera conocidos por haberse involucrado en la pesca INDNR. Cuando ingresan a un puerto, dichos buques deben someterse de inmediato a una inspección, y el resultado de ese procedimiento se comparte con otras organizaciones y estados pertinentes para facilitar la cooperación en las medidas de cumplimiento. Al ratificar el acuerdo o adherirse a él, los países envían un claro mensaje de que sus puertos ya no están abiertos a la pesca ilegal.
La mayoría de las organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) también regulan los controles de Estado rector de las naciones miembro como parte de las medidas de ordenación. Esto garantiza que los gobiernos implementen un mínimo de estándares, independientemente de si son partes signatarias del AMEP.
Un enfoque colaborativo por parte de todos los actores puede ayudar a los puertos a evitar que quienes ejercen la pesca ilegal desembarquen su pesca y a prevenir el ingreso de productos marinos capturados de manera ilícita en la cadena de suministro.
Al adherirse al AMEP, los estados rectores del puerto demuestran que toman en serio sus responsabilidades y garantizan el acceso continuo a mercados importantes donde los compradores de productos marinos están comprometidos con detener la pesca INDNR.
iStockphotoSer parte de este acuerdo e implementar medidas eficaces de Estado rector del puerto tiene sus costos, pero presenta numerosas ventajas directas e indirectas. Algunos de los beneficios son:
Los controles portuarios son más seguros y menos costosos, y han probado ser un enfoque más activo que los métodos convencionales de supervisión, control y vigilancia.
Luke DugglebyConstituirse en parte signataria del acuerdo es indicador de la voluntad de un país de luchar contra la pesca INDNR, pero implementar sus disposiciones es igualmente necesario.
Los estados, las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales se reúnen con el fin de ayudar a las partes a eliminar los vacíos en su capacidad jurídica, institucional y operativa para cumplir el acuerdo. Este trabajo incluye alinear la legislación con los requisitos del AMEP, establecer mecanismos para procesar a infractores de pesca INDNR, capacitar a personal sobre estándares de la inspección portuaria e instituir políticas y tecnología para intercambiar información.
Constituirse en parte signataria del acuerdo es indicador de la voluntad de un país de luchar contra la pesca ilegal, pero implementar sus disposiciones es igualmente necesario.
En mayo de 2017, las partes signatarias se reunieron para comenzar a aclarar la forma de implementar el acuerdo. Los representantes tienen pensado reunirse cada dos años para continuar esta tarea y, entretanto, organizar encuentros de grupos de trabajo técnico. Estos esfuerzos incluyen la administración de un fondo para ayudar a los países en vías de desarrollo a evaluar sus sistemas de seguimiento, control y vigilancia, a mejorar la cooperación interinstitucional y a fortalecer los marcos de trabajo institucionales.
La aplicación del AMEP no se limita a las partes signatarias. Para eliminar la pesca INDNR, todos los Estados deben supervisar las operaciones de los buques que portan su bandera, y los Estados ribereños deben controlar sus aguas. Además, ambos deben verificar información con los Estados rectores del puerto e intercambiarla con el fin de poder tomar decisiones fundamentadas.
Si bien los gobiernos ratifican e implementan el acuerdo, los compradores de productos marinos también desempeñan una función. Los compradores pueden instituir políticas que les den preferencia a los puertos cuyos Estados rectores son partes signatarias del AMEP, ya que se asocian con menos riesgo en el proceso de debida diligencia. La industria puede desempeñar una función integral evaluando los controles que los Estados que aún no han ratificado el acuerdo han implementado para evitar el desembarque de pesca INDNR, especialmente durante las visitas en puertos, con el objetivo de educarlos acerca de la importancia de hacerlo.
Un enfoque colaborativo por parte de todos los actores puede ayudar a los puertos a evitar que quienes ejercen la pesca INDNR desembarquen su pesca y a prevenir el ingreso de productos marinos capturados de manera ilícita en la cadena de suministro, lo cual garantiza que los puertos ya no sean un punto débil en la lucha global contra la pesca INDNR.